En cuarenta y ocho horas el monopólico grupo Clarin censuró material audiovisual subido a YouTube por distintos blogueros. Esto no es nuevo, pero esta vez la tijera avanzó contra los canales en YouTube de los blogs: Mundo Perverso video qué hay detrás del conflicto con la oligarquía agropecuaria, entre otros; Registromundo, Banya08 video Grondona-Biolcatti entre otros; Aikawa video del affaire Anibal Ibarra; idéntica censura se ejerció sobre el blog Argentinomias. Banya publicó una recopilación de unos 43 blogs que fueron censurados.
Lo interesante del caso es que Artear, empresa del grupo Clarín, aduce razones de copyright. Como manifiesta Diego en su blog Mundo Perverso: Si la cuestión es el copyright ,imagínen a cuántos de los videos que utilizan de youtube para informarse (como ser los compilados que hacen los usuarios) podrían borrar por contener declaraciones "propias" (apropiadas) o peor aún: los demás canales podrían argüir lo mismo y entonces, llegado el caso, ¿qué podríamos mostrar en internet? ¿Lo que ellos nos permitan guardar en la memoria?¿Realmente tienen derecho a monopolizar lo que es de pública relevancia y cercenar la tan mentada libertad de expresión? ¿Cómo hacen para después titular "atacan la libertad de prensa" sin que se les caiga la cara de vergüenza?
Federico Aikawa, quien tenía subidos a YouTube 4 años de grabaciones, unos 80 videos que ya no podrá recuperar, dice en su blog: Ayer tuve la triste noticia de que mi video y el de todos los que habían replicado el video del papelón de Ibarra, habían sido dados de baja del popular sitio. Como era algo que esperaba que sucediera tarde o temprano, di gracias a que siguiera online gracias al Efecto Streisand que dice: El efecto Streisand es un fenómeno de Internet en el que un intento de censura u ocultamiento de cierta información fracasa o es incluso contraproducente para el censor, ya que ésta acaba siendo ampliamente divulgada, recibiendo mayor publicidad que la que hubiera tenido si no se le hubiese pretendido acallar. Normalmente, estos intentos de censura se dirigen hacia fotos, archivos o páginas web, especialmente mediante cartas que amenazan con emprender acciones legales por parte del censor. Lejos de ser eliminada, dicha información recibe gran publicidad, y acaba siendo rápidamente distribuida a través de blogs, sitios de noticias o sistemas P2P. Este efecto ocurre, según el experto en internet John Gilmore, porque la Red interpreta la censura como un daño o ataque hacia ella.
Internet ha trastocado las relaciones sociales, el paradigma cultural se encuentra en transformación. Pretender que se pueden aducir razones de propiedad para coartar la libertad de expresión es cuanto menos cínico. El derecho a la comunicación es un derecho humano. Así lo manifiesta en la algunos de sus tramos la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos:
REAFIRMANDO el Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que establece que el derecho a la libertad de expresión comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas sin consideración de fronteras y por cualquier medio de transmisión;
2. Toda persona tiene el derecho a buscar, recibir y difundir información y opiniones libremente en los términos que estipula el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Todas las personas deben contar con igualdad de oportunidades para recibir, buscar e impartir información por cualquier medio de comunicación sin discriminación, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, sexo, idioma, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
Prof.Mabel Maidana
Co-Coordinadora
Comisión Medios Audiovisuales
en Carta Abierta